El PSOE es el más sancionado por incumplir la ley, mientras Podemos es la única gran formación sin expedientes

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto en los últimos cinco años una docena de multas a los partidos políticos por vulnerar la ley que protege la privacidad y regula el tratamiento y custodia de la información de carácter personal. Sumando las infracciones cometidas por el PSOE y el PSC, los socialistas acumulan un mayor volumen de sanciones, seguidos de Ciudadanos y el PP. En total, las multas tramitadas desde 2014 ascienden a 30.400 euros.

Una buena parte de las sanciones de la AEPD obedecen a que los afectados no han dado el consentimiento “inequívoco” para que los partidos puedan acceder a sus datos. Otras se justifican por infringir el artículo que regula el “deber de secreto”, según el cual el responsable de un fichero o quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos están obligados a mantener el secreto profesional sobre esa información, incluso en el caso de que el titular del fichero y el interesado dejen de tener relación.

Estas son las infracciones más frecuentes detectadas por la AEPD en los últimos cinco años. En ese periodo, los socialistas han sido expedientados en cinco ocasiones y acumulan sanciones por 13.900 euros. Ciudadanos ha recibido tres multas (6.300 euros) y el PP, dos (4.500). Las formaciones EH Bildu y Ara han conculcado la ley en una ocasión y han sido sancionadas con 3.600 y 2.100 euros, respectivamente. Podemos es el único gran partido que no ha vulnerado en este tiempo las normas sobre protección de datos.

En el caso de Ara la infracción está vinculada con una petición de la agencia para que tanto el responsable como los encargados del tratamiento de los datos adoptaran medidas para ajustarse a la ley, o en caso contrario, cancelaran los ficheros.

La AEPD asegura que a la hora de inspeccionar las actividades de los partidos políticos relacionadas con la protección de datos actúa de la misma manera que con cualquier otro colectivo si detecta que ha vulnerado la normativa. El organismo puede abrir una investigación de oficio o actuar a partir de la denuncia de un particular.

Serán los inspectores de datos, funcionarios adscritos a la agencia, los encargados de instruir el expediente. Para determinar las vulneraciones de protección de datos de los partidos se sigue el mismo procedimiento que si se tratara de una denuncia por recibir información no deseada o por figurar en un fichero de morosos.

Algunas sanciones impuestas por la agencia, como la que recibió ANC por la encuesta del 9-N y por la falta de seguridad de los datos personales de socios publicados por Anonymous, han sido recurridas ante la Audiencia Nacional. En este caso, la Sala de lo Contencioso-administrativo ha confirmado sendas multas de 200.000 y 40.000 euros.

En periodos electorales, la agencia estará especialmente vigilante ante las actividades de los partidos. La ley aprobada a finales de noviembre con el respaldo de los principales grupos parlamentarios, a excepción de Podemos, les permite recopilar en páginas web y redes sociales datos personales sobre las opiniones políticas de los votantes. A partir de esta información la ley les autoriza a enviar propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería instantánea tan habituales como WhatsApp. La agencia ha publicado una circular que obliga a los partidos a consultar previamente sobre los datos que quiere tratar y elaborar un análisis de riesgos y una evaluación de impacto. Y avisa de que concluido el proceso electoral, los partidos deberán destruir la información recopilada.

Fuente: El País